La sorpresa ha sido mayúscula para todos los Autónomos/as al ver cargos individuales y la cuota aumentada…
Pasamos a comentar los últimos cambios producidos en la cuota de los autónomos/as (RETA) para este año 2020:
* Como habréis observado la cuota de Octubre ya reflejó un pequeño aumento que oscilaba entre 2,84 y 12,21 euros (dependiendo de la Base de Cotización de cada Autónomo/a)
* Ahora bien, para la cuota de Noviembre se informa de lo siguiente que adjuntamos entre comillas y en cursiva:
«En cuanto a la regularización de los periodos anteriores, se informa de que en este mes de noviembre se procederá a regularizar la cuota del mes de septiembre. De forma que junto con la cuota correspondiente al período de liquidación de noviembre, se va a proceder al cargo en cuenta de la complementaria de dicho mes de septiembre/2020,...»
«Próximamente se comunicará el periodo de liquidación en el que se realice la regularización del resto de periodos de liquidación que quedan pendientes (enero a agosto de 2020).»
Este aumento es debido a que en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, previó un aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Dicho lo anterior el día 30-11-2020, se cargará la cuota de Noviembre, que dependiendo de cada caso, (ya que se si aún se está aplicando bonificaciones por Tarifa Plana, ésta puede variar), será la misma que la cargada en Octubre, además del aumento entre 2,84 y 12,21 euros (dependiendo de la Base de Cotización de cada Autónomo/a)
Este aumento, a priori ¡ya inesperado!, ha movilizado a las organizaciones de Autónomos/as a movilizarse para que no se apliquen los cambios de cara al año nuevo.
Veremos que nos depara el futuro! estaremos aquí para informarles…
¡Mucho ojo a los autónomos!, aplicable a partir del día 1 de octubre de 2018:
La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social, establece la obligatoriedad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos para incorporarse a dicho Sistema. No obstante, para cumplir con esta obligación el trabajador puede optar por:
La obligatoriedad se extiende a la recepción de las notificaciones, por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.
Por tanto, si elegís la 2ª opción, os adjuntamos dos imágenes de los trámites a realizar.
En caso de elegir la 1ª opción, y confiar en nosotros para realizar las gestiones ante la Seguridad social que incluye firmar las Notificaciones Electrónicas que os remita la Seguridad Social, solamente tenéis que indicárnoslo.
Se avecinan cambios para los autónomos, una de las medidas es que subirá la cuota 4 euros mensuales para los que hayan escogido la base mínima.
Más información en el siguiente enlace, donde vienen más novedades…
Así afectarán los Presupuestos Generales 2018 a los autónomos
Tras la publicación de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, el pasado 25 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Existen numerosas novedades para los trabajadores Autónomos, vamos a detallar las principales:
Medidas para emprendedores
Medidas fiscales
Medidas sobre cotizaciones
Medidas para autónomas (reincorporación tras Maternidad)
Conciliación
Medidas para la contratación
Prevención de riesgos laborales
Esta Ley ha supuesto un avance significativo en derechos y necesidades que se venían reclamando desde la principales asociaciones de Autónomos, pero sigue siendo escaso el avance en comparación con otros colectivos.